Viernes 4 de octubre de 2019

ALERTA NORMATIVA

AFIP habilita la cancelación de Contribuciones de la Seguridad Social con saldo de libre disponibilidad de IVA

En el día de la fecha salió publicada en el Boletín Oficial la Resolución General 4603/2019 de la Administración Federal de Ingresos Públicos. A través de la misma, las Micro o Pequeñas Empresas inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMES podrán afectar el saldo a favor de libre disponibilidad del Impuesto al Valor Agregado (IVA) registrado en el sistema de “Cuentas Tributarias” a la cancelación de las contribuciones de la Seguridad Social.

Esta habilitación será de forma excepcional y con carácter transitorio, y no podrá superar el 20% del monto total de las mentadas contribuciones.

Será condición excluyente para gozar de este beneficio que

se encuentren presentadas las declaraciones juradas del IVA correspondientes a los períodos no prescriptos, así como la declaración jurada determinativa y nominativa de las obligaciones con destino a los subsistemas de la seguridad social del período mensual a cancelar.

La solicitud de afectación podrá realizarse desde el 7 de octubre de 2019 hasta el día 31 de octubre de 2019, ambas fechas inclusive.

Ante cualquier duda sobre la presente, puede contactarse con:

Dr. Alvaro Contreras. acontreras@derosayasociados.com.ar