Viernes 4 de octubre de 2019 |
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ALERTA NORMATIVA |
AFIP habilita la cancelación de Contribuciones de la Seguridad Social con saldo de libre disponibilidad de IVA |
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En el día de la fecha salió publicada en el Boletín Oficial la Resolución General 4603/2019 de la Administración Federal de Ingresos Públicos. A través de la misma, las Micro o Pequeñas Empresas inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMES podrán afectar el saldo a favor de libre disponibilidad del Impuesto al Valor Agregado (IVA) registrado en el sistema de “Cuentas Tributarias” a la cancelación de las contribuciones de la Seguridad Social.
Esta habilitación será de forma excepcional y con carácter transitorio, y no podrá superar el 20% del monto total de las mentadas contribuciones. Será condición excluyente para gozar de este beneficio que se encuentren presentadas las declaraciones juradas del IVA correspondientes a los períodos no prescriptos, así como la declaración jurada determinativa y nominativa de las obligaciones con destino a los subsistemas de la seguridad social del período mensual a cancelar. La solicitud de afectación podrá realizarse desde el 7 de octubre de 2019 hasta el día 31 de octubre de 2019, ambas fechas inclusive. |
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Ante cualquier duda sobre la presente, puede contactarse con: Dr. Alvaro Contreras. acontreras@derosayasociados. |
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